sábado, 22 de febrero de 2014

Réplica a las expresiones de C. A. Guzzini en Devoto Magazine de Febrero 2014

En réplica al artículo LA DESCENTRALIZACIÓN NO TIENE VUELTA ATRÁS, aparecido en la edición de FEBRERO 2014 de DEVOTO MAGAZINE, páginas 12 y 14.

La Constitución Nacional por el artículo
    5; Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo estás condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.
    123; Cada provincia dicta su propia constitución,conforme lo dispuesto en el artículo 5 asegurando la autonomía municipal y reglamentando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.
    124; . . . La Ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto. . . .
    1. La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, por el artículo;
      1. 1 - . . . organiza sus instituciones autónomas como democracia participativa y adopta para su gobierno la forma republicana y representativa. . . . La Ciudad ejerce todo el poder no conferido por la Constitución Nacional al Gobierno Federal
      2. 127 – Las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial. . .
      3. 128 – Las Comunas ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto de las materias de su competencia. . . .
      4. 129 – La ley de presupuesto establece las partidas que se asignan a cada Comuna. . . .
      5. 130 – Cada Comuna tiene un órgano de gobierno colegiado denominado Junta Comunal . . .
      6. 131 – Cada Comuna debe de crear un organismo consultivo y honorario de deliberación, asesoramiento, canallización de demandas, elaboración de propuestas, definición de prioridades presupuestarias y de obras públicas y seguimiento de la gestión. . . .
    La descentralización supone transferir el poder de un gobierno central hacia autoridades que no están jerárquicamente subordinadas. La descentralización de un Estado puede ser política, administrativa y social en distintos grados o niveles. En la CABA la;
      Descentralización administrativa. Supone el traslado de competencias de la administración central del estado a nuevas personas jurídicas de derecho público – COMUNAS – , dotadas de un patrimonio propio, gozan de personería jurídica propia. El objetivo de este tipo de descentralización es lograr las finalidades previstas en el artículo 3 de la Ley 1777 – ORGÁNICA DE COMUNAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
      1. Promover la descentralización y facilitar la desconcentración de funciones del Gobierno de la Ciudad. . .. Es lo único que se pretende.
      Descentralización política. En ella los poderes, competencias y funciones administrativas, normativas y de gobierno se trasladan a un órgano con una base territorial determinada (región, territorio, localidad, comuna, etcétera), una cierta autonomía para crear su propio derecho y un origen democrático dimanado de un proceso electoral. Para algunos especialistas lo más importante de la descentralización política es que supone un centro decisorio con capacidad para crear derecho, normas de igual jerarquía que la ley común; por el contrario, la descentralización administrativa acota la facultad de la entidad descentralizada de ejecutar la ley nacional o dictar excepcionalmente normas jurídicas bajo la jerarquía de la ley común.
      1. El término Comuna tiene dos aceptaciones:
        1. forma de organización social y económica basada en la propiedad colectiva y en la eliminación de los tradicionales valores familiares y de la propiedad privada,
        2. como sinónimo de municipio o ayuntamiento, nos falta la autonomía en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero..
    Dice el Presidente Comunal: La descentralización es un proceso del que no se va a volver atrás
      Logramos un cambio de actitud a partir de un enojo, de reclamar por las transferencias que no se estaban haciendo efectivas . . .
      1. Respuesta: La Junta Comunal tenía a su mano responder con el artículo 4 de la Constitución de la CABA
      Macri desde su visión, está buscando formas de mejorarla
      1. Respuesta: Las mejoras las tiene que hace llevar a la Legislatura. En el caso del Presupuesto Participativo, lo está obligando el Poder Judicial.
      La participación es necesaria y tanto la Junta como el Consejo Consultivo son factibles de ser perfeccionados, pero eso lleva su tiempo.
      1. Respuesta: Para el logro tienen dos años más, por adelante. Si logran un periodo más, a partir del 2015 tendrán más tiempo. En tanto, deben cumplir con las atribuciones y obligaciones legales.
  1. La Constitución de la CABA, data de 10.Oct.1996. Desde esa fecha el manda constitucional de crear las Comunas
    1. La Ley Orgánica de Comunas 1777, data del 01.Set.2005
      1. La asunción de la primera Junta Comunal fue el 10.Dic.2011
      2. ¿No es suficiente la espera que llevamos por resultados Guzzini?
        1. Todos Uds. vienen del área pública, perciben y han percibido emolumentos a partir de la contribución de los residentes
        2. Casi todos nosotros del área contribuyente.
Particularmente creó que lo que no tiene vuelta atrás es la democracia participativa. Dentro de ésta en Comuna 11, lo que habrá que configurar es otra forma de participación ciudadana, o la actual Junta Comunal llegará hasta el fin de sus días como gobierno comunal en la forma errática que lleva al presente, por su falta de talento y también por los intentos internos de desbalance de poder, entre las distintas facciones políticas que la componen.
  • Facilitar la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos - Proporcionar a la ciudadanía los elementos o intervenir para facilitar la toma de decisiones y el control de los asuntos públicos por parte de la ciudadanía, es una atribución y obligación del edil responsable del área de participación vecinal de la Junta Comunal
    • Instrumentar la organización del comité de servicios con participación vecinal – como atribución y obligación del edil responsable del área de control comunal de la Junta Comunal.
El colegiado gubernamental en la Comuna, debiera tener un comportamiento de Consejo respecto del Administrador General o Presidente de la Junta Comunal 11. Sería interesante una rotación de los ediles respecto de las áreas de gestión comunal

Los ciudadanos activos, aunque pocos en la medida de lo necesario, me parece que apostamos conjuntamente con los ciudadanos pasivos – los que solo participan a través del sufragio – en que tiene que existir una preminencia de la sociedad civil sobre la sociedad política. Mientras no tengamos poder en direccionar el proceso, nos transformamos en ciudadanos pasivos que en algún momento deshacemos el balance que la sociedad política ha construído y los mandamos de vuelta a casa. Esto en distintos ordenes se obverva a diario. En última instancia somos el soberano, pese a todas las rigideces y /u obstáculos que nos ponen.

El Consejo Consultivo de la Comuna 11, creemos que lo controla la sociedad política, es vuestro problema, por haberlo creado / configurado a imagen y semejanza.
Sí los residentes se sustraen a participar en él, podría tomarse como indicio que el gobierno comunal no cuenta con la confianza de los residentes.

En los sistemas parlamentarios el gobierno puede cesar por una de tres causas: porque el parlamento le retire su confianza, o sea porque pierde la mayoría del apoyo con que contaba al ser constituido; porque el gobierno pida al jefe del Estado que disuelva al parlamento en el momento en que éste no le otorgue su confianza al gobierno o decrete, si tiene esta atribución, la disolución del parlamento, o para convocar nuevas elecciones en la esperanza de obtener una nueva mayoría que apoye al gobierno. Me parece recordar que una de las causas mencionadas ya se verifico como alerta para lo coalición gobernante en Comuna 11, el PRO fue superado por otra coalición política en la elección más próxima pasada.


Cordial saludo
JARO


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