sábado, 23 de noviembre de 2013

Diálogo entre Julio y Hugo

Hugo, vos como yo tuvimos la suerte de ver otras realidades principalmente en el centro de Europa en los ultimos tiempos y sacar algunas conclusiones, por ejemplo porque ellos descentralizaron todo hasta su más maxíma expresión, por que los gobiernos centrales se ocupan de los temas principales y le pasan a las Comunidades los problemas secundarios o de proximidad, acá los muchachos prefieren seguir peleandoce por sus internas personales y por la caja, te pregunto veremos algo posible en el futuro, te doy un ejemplo más, los otros días nos enteramos que la primera intención de "Sanear el Riachuelo" fue en el año 1811 por la Primera Junta, ¿todo esto da para más?.
Julio

El día jueves, 7 de noviembre de 2013 9:55, Hugo escribió:
Hola Julio:
Muy buenos días, es grato saber que te sumas a la idea de realizar un cuadro de situación a hoy y ver los distintos puntos donde estamos perdiendo capacidad de concretar los temas dispersos de cada una de las Comunas, comenzando por lo que tanto repetimos y machacamos tanto al Ejecutivo de turno como a los Legisladores y Juntistas, a saber:
- Incorporación en el Presupuesto de la CABA la Jurisdicción de las Comunas.
- Tratamiento de los distintos Presupuestos Comunales en el seno de cada Junta Comunal y su posterior tratamiento en el Consejo Intercomunal, para ser elevado al Jefe de Gobierno.
- Ley de Partidos Políticos y Código Electoral para la CABA.
- Tema de la Basura (Basura Cero), revisión de los distintos contratos, tanto en las 5 Jurisdicciones como del tratamiento de la misma a diez años (Destino definitivo)
- Seguridad en las distintas Comunas, como funcionan los Barrios ante las distintas fuerzas de seguridad, (Policia Federal, Metropolitana, Gendarmería y Prefectura )
- Salud, estado de los Hospitales y la conformación del Consejo General de Salud, para que se podamos llegar a los Consejos Vecinales de Salud.
- Educación,
- Vivienda, Personas en situación de Calle,
- Tránsito, la utilización de los espacios libres, tanto de la Nación como de la Ciudad, el Puerto y sus implicancias con el uso de tierras públicas por parte del sector Inmobiliario, etc.
La lista es muy larga y a modo de prueba piloto, diría de fijar dos o tres temas que por su importancia y las posibilidades ciertas de poder llevar adelante por el grupo, podríamos comenzar a accionar con una pequeña agenda.
Un abrazo, sigo a la espera de propuestas del lugar de la reunión, a modo de alternativa, creo que sería conveniente realizar la misma cerca de una boca de subte, para que podamos movilizarnos mejor.

La reunión fue prevista para el 14.Nov.2013 en Av. Corrientes y Av. Dorrego, a 19 horas y solo concurrieron Hugo y José, quienes en principio precisaron advocarse a PRESUPUESTO y GESTIÓN en estos puntos dispersos, a los fines de mejorar las capacidades

En esas conversaciones virtuales uno de los contertulios introdujo la Carta de Jamaica. Está introducción de la Carta tendría que ver con el papel de la historia como dimensión fundamental generadora de conflicto, la impronta de la conquista española en la conformación del nivel sub nacional del Estado. La propia organización del Estado español al momento de la conquista, fue transmitida a la región bajo la forma de ciudades y espacios geográficos políticamente definidos en nombre de la corona.

Sin embargo, existen además, dos factores básicos que son ampliamente reconocidos como generadores de un conflicto permanente entre centralización y des-centralización de la gestión de los bienes públicos:
  • el efecto que la autonomía sub nacional tiene sobre la “información”, llaman a este factor el “efecto Von Hayek”.
  • el beneficio de la “coordinación”, también "efecto escala". Se sigue por lo tanto que, ceteris paribus, las soluciones centralizadas tendrían genéricamente el beneficio de un mayor grado de coherencia.
Se presume que en tanto mayor sea el efecto escala, y menor el efecto Von Hayek, mas centralizado deberá ser la administración del bien público específico.

¿sobre la provisión de bienes públicos específicos, cabe preguntarse
cuáles son las alternativas de gestión de un determinado servicio?

  1. la centralización, encarnada en la administración de tales servicios en manos del gobierno central, el cual decide desde el propio centro político del Estado.
  2. la “desconcentración”, en la cual existen representantes del nivel central en la administración de los servicios proveídos en regiones específicas del territorio. Esta des-concentración puede también expresarse bajo la forma de organizaciones públicas autónomas no vinculadas a un determinado nivel de gobierno, que si bien son jerarquicamente independientes del gobierno central, no poseen vinculación administrativa con un determinado nivel de gobierno.
  3. la descentralización, en la cual él o los niveles sub nacionales de gobierno pueden llegar a tener personalidad jurídica y autonomía política. De acuerdo con la actual Ley 1777, artículo 2, este parece ser el status fáctico de las Comunas en la CABA, que la administración MACRI - en el gobierno central - pretende modificar.

Una aproximación más fina al mismo problema,
¿exige preguntarse cómo administrar tales funciones?

  • la jurisdicción respectiva puede asumir en forma directa la gestión y producción de los mismos a través de la adquisición del equipamiento e insumos y la contratación del personal necesario.
  • la “cooperación” entre jurisdicciones. Esta puede a su vez adoptar múltiples formas. Por una parte, pueden ser los propios gobiernos locales integrantes del acuerdo cooperativo los que producen el servicio.
    • La celebración de un contrato común entre varias jurisdicciones y una empresa proveedora por una parte, implica que los integrantes del acuerdo deberán negociar entre ellos el tipo de servicio que desean tener. Acuerdos de este tipo son comunes en las áreas de la recolección de residuos sólidos, la provisión de seguridad pública, educación, salud y otros similares. (Confrontar Ley 1777, Capítulo 2, Artículo 26, inciso e)
  • como contrapartida natural, la externalización de los servicios referidos. Esta opción supone licitar la ejecución con una empresa especializada, la cual −idealmente− proveerá aquello que está estipulado en el contrato y que ha sido unilateralmente definido por el mandante.

El Estado que surge con la Revolución Francesa, se caracteriza por:
  • el principio de separación de poderes
  • el principio de legalidad
  • el concepto de imperio de la ley
  • el reconocimiento y garantía de una serie de derechos a los ciudadanos
y son los criterios que originan la nueva dinámica asumida por las AP - Administraciones Públicas.
Por ello, el logro de una Administración moderna y dinámica, pasa por mejorar la atención y servicios a los ciudadanos.
Está nueva perspectiva, se suma a los avances de una configuración efectiva del Estado Autónomo y de los compromisos del Pacto Local, con el consiguiente impulso descentralizador en que cobra trascendencia las NTIC, así como los principios de colaboración y cooperación.
La democracia participativa, se encuentra asociada a un principio de legitimidad constituido por la eficacia de su gestión, centrada en la capacidad para prestar servicios y dar respuestas satisfactorias a las demandas, que de manera creciente formula la sociedad. Ahora la atención se centra en la capacidad de gestión, más que en el rígido apego al formalismo y procedimiento legal. Eficacia y eficiencia, son los nuevos valores que la sociedad exige, y que la democracia tradicional a través de sus personeros - vía partidos políticos - tienen serias dificultades en satisfacer.

Cordial saludo
JARO



No hay comentarios:

Publicar un comentario