Hola
Con fecha 12.Dic.2012
con la firma de MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta,
se emite el Decreto 590-2012 por el que:
EL
JEFE DE GOBIERNO
DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo
1°.- Modifícase parcialmente a partir del 1° de diciembre .del
2012, la estructura organizativa de la Secretaría de Gestión
Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11,
de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades
Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo
2°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de
Descentralización y Participación Ciudadana, la que pasará a
denominarse Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y
Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y
Atención Ciudadana.
Artículo
3°.- Modifícase la denominación de la Dirección General
Coordinación Comunal y Participación Ciudadana, la que pasará a
denominarse Dirección General Participación Ciudadana, dependiente
de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y
Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y
Atención Ciudadana.
Artículo
4°.- Créase la Dirección General Descentralización Comunal,
dependiente de la Subsecretaría de Descentralización,
Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de
Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
Artículo
5°.- Créase la Dirección General Servicios Desconcentrados y
Mantenimiento Edilicio, dependiente de la Subsecretaría de
Descentralización , Desconcentración y Participación Ciudadana, de
la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
Artículo
6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas
pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto.
Artículo
7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de
Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo
8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y de Estructuras
del Gobierno y Relaciones Laborales y Operaciones y Tecnología del
Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana. Cumplido, archívese.
Políticas
públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de la
gestión y mejora constante de estructuras organizativas
En los anexos
se provee como:
- Organizar y efectuar la recepción de consultas, reclamos y denuncias de los consumidores
- Ley 757 - Procedimiento administrativo para la Defensa de los Derechos del Consumidor y del usuario
- Cláusula Transitoria Vigésimo Segunda de la Constitución de la CABA
- Hasta tanto la Legislatura dicte una ley que reglamente la representación de los usuarios y consumidores, el Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos, estará compuesto sólo por cuatro miembros. http://www.entedelaciudad.gov.ar/sites/ente.zonageo.com.ar/es/node/24.html hoy compuesto por cinco miembros, supone el dictado de la ley (?)que reglamenta la representación de los usuarios y consumidores.
- Fomentar actividades que promuevan la participación ciudadana, las identidades barriales y el desarrollo de las Comunas, en forma conjunta con las instancias de gobierno - comunal - participantes
- Entender en el funcionamiento de las instalaciones de los inmuebles asignados a la Secretaria de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
- Cuáles son ellos en Comuna 11?
- Articular canales de vinculación y comunicación permanente con las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la Ciudad, promoviendo la realización de encuentros, jornadas, tallereso otras actividades de carácter temático y territorial en coordinación con las Comunas
- Administrar el ROAC con asiento o actuación en el ámbito de la CABA
- Ejecutar planes para el fortalecimiento de las entidades barriales y comunales a través del desarrollo de actividades socio-culturales
- Difusión, comunicación y asistencia de eventos socio-culturales
- audiencias públicas
- Proceso de Presupuesto Participativo
Estos
objetivos eran pre-existentes en otras normativas - Dec 179.2010 - lo
que tampoco es novedoso, es que el GCABA siga aumentando la
burocracia en pos de eficiencia, eficacia, modernización
administrativa e incorporación de herramientas alternativas de
gestión. Desde el 2007 no pueden instaurar el gobierno
electrónico, con un gasto interesante en U$D, con PNUD.
Finalidades, logros ausentes desde el inicio
de su gestión de gobierno, desde mi punto de vista.
Cordial
saludo
JARO
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