sábado, 5 de enero de 2013

Políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de la gestión y mejora constante de estructuras organizativas


Hola

Con fecha 12.Dic.2012 con la firma de MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta, se emite el Decreto 590-2012 por el que:
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente a partir del 1° de diciembre .del 2012, la estructura organizativa de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Descentralización y Participación Ciudadana, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.

Artículo 3°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Coordinación Comunal y Participación Ciudadana, la que pasará a denominarse Dirección General Participación Ciudadana, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.

Artículo 4°.- Créase la Dirección General Descentralización Comunal, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.

Artículo 5°.- Créase la Dirección General Servicios Desconcentrados y Mantenimiento Edilicio, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización , Desconcentración y Participación Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales y Operaciones y Tecnología del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido, archívese.

Políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de la gestión y mejora constante de estructuras organizativas
En los anexos se provee como:
  • Organizar y efectuar la recepción de consultas, reclamos y denuncias de los consumidores
    • Ley 757 - Procedimiento administrativo para la Defensa de los Derechos del Consumidor y del usuario
    • Cláusula Transitoria Vigésimo Segunda de la Constitución de la CABA
      • Hasta tanto la Legislatura dicte una ley que reglamente la representación de los usuarios y consumidores, el Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos, estará compuesto sólo por cuatro miembros. http://www.entedelaciudad.gov.ar/sites/ente.zonageo.com.ar/es/node/24.html hoy compuesto por cinco miembros, supone el dictado de la ley (?)que reglamenta la representación de los usuarios y consumidores.
  • Fomentar actividades que promuevan la participación ciudadana, las identidades barriales y el desarrollo de las Comunas, en forma conjunta con las instancias de gobierno - comunal - participantes
  • Entender en el funcionamiento de las instalaciones de los inmuebles asignados a la Secretaria de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
    • Cuáles son ellos en Comuna 11?
  • Articular canales de vinculación y comunicación permanente con las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la Ciudad, promoviendo la realización de encuentros, jornadas, tallereso otras actividades de carácter temático y territorial en coordinación con las Comunas
  • Administrar el ROAC con asiento o actuación en el ámbito de la CABA
  • Ejecutar planes para el fortalecimiento de las entidades barriales y comunales a través del desarrollo de actividades socio-culturales
  • Difusión, comunicación y asistencia de eventos socio-culturales
  • audiencias públicas
  • Proceso de Presupuesto Participativo

Estos objetivos eran pre-existentes en otras normativas - Dec 179.2010 - lo que tampoco es novedoso, es que el GCABA siga aumentando la burocracia en pos de eficiencia, eficacia, modernización administrativa e incorporación de herramientas alternativas de gestión. Desde el 2007 no pueden instaurar el gobierno electrónico, con un gasto interesante en U$D, con PNUD. Finalidades, logros ausentes desde el inicio de su gestión de gobierno, desde mi punto de vista.

Cordial saludo
JARO



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